Calcular el finiquito y la liquidación en México (2026)
Escribe tu sueldo, tu antigüedad y el motivo de la salida. Verás cada concepto del finiquito y, si te despidieron sin causa, la indemnización que te corresponde según la Ley Federal del Trabajo.
Diferencia entre finiquito y liquidación
El finiquito se paga siempre que termina la relación laboral, también si renuncias: son las prestaciones que ya generaste y no has cobrado. La liquidación incluye además las indemnizaciones por despido injustificado.
Los conceptos, uno a uno
- Aguinaldo proporcional: 15 días de salario por año, en proporción a los días trabajados desde el 1 de enero.
- Vacaciones: 12 días el primer año, que suben de 2 en 2 hasta 20 el quinto y después 2 más cada cinco años. Se pagan las no disfrutadas y la parte proporcional del año en curso.
- Prima vacacional: al menos el 25 % de lo que se paga por vacaciones.
- Indemnización constitucional: 3 meses de salario si el despido es injustificado.
- 20 días por año: cuando el patrón se niega a reinstalarte o rescindes tú por su culpa (art. 50 y 52).
- Prima de antigüedad: 12 días por año, con el salario topado al doble del mínimo. Se paga en todo despido y en la renuncia con 15 años o más.
Datos de 2026. Fuente: Ley Federal del Trabajo y SAT (Anexo 8 de la RMF 2026), INEGI (UMA 2026) y Conasami (salarios mínimos 2026). Resultado orientativo: un contrato o una negociación pueden mejorar estas cantidades.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el finiquito en México?
Se suman el sueldo pendiente, el aguinaldo proporcional (15 días por año), las vacaciones no disfrutadas y proporcionales y la prima vacacional del 25 %. Con un despido injustificado se añaden 3 meses de salario y la prima de antigüedad.
¿Cuánto me toca de liquidación si me despiden?
3 meses de salario, 12 días por año de prima de antigüedad (con tope de dos salarios mínimos) y, en ciertos casos, 20 días por año trabajado, además del finiquito.
¿Si renuncio me dan liquidación?
No: al renunciar solo te corresponde el finiquito. La prima de antigüedad se paga también en la renuncia si tienes 15 años o más en la empresa.
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